Fases o Estados de la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia

Fases o Estados de la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia

Fases o Estados de la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia

Cuando los extranjeros solicitamos la nacionalidad española, experimentamos ansiedad y angustia por conocer el estado de nuestro expediente y asegurarnos de que avanza correctamente. En este artículo, explicaremos detalladamente las distintas fases o estados por los que pasa un expediente de nacionalidad por residencia.

Importancia de la Presentación Telemática

Es importante destacar que aún hay personas que presentan su solicitud de nacionalidad española de manera presencial en registros públicos como Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos o en el propio Registro Civil. Esto es un error, ya que estos expedientes pueden tardar entre seis meses y un año en ser registrados. La vía recomendada es la presentación telemática a través de la plataforma de tramitación del Ministerio de Justicia, lo que agiliza considerablemente el proceso.

Este estado que ya no es muy habitual dado que la gente no lo esta haciendo por registro publico presencial.

El expediente ha tenido entrada en esta subdirección general con fecha esta pendiente de recibir los informes preceptivos.

Fases o Estados de la Solicitud de Nacionalidad Española

A continuación, te mostramos el orden correcto en el que debe estar tu expediente según las fases del proceso de nacionalidad. Si notas que tu solicitud está estancada en una fase por un tiempo prolongado, es recomendable hacer un seguimiento o consultar con un experto.

  1. El NIE o el numero de expediente son incorrectos. Comprueba los datos introducidos

Esto no es necesariamente que has introducido de manera incorrectas, quiere decir que has registrado ese mismo día tu solicitud, por lo cual debe de verificar tu expediente al dia siguiente o pasado 2 días.  En caso de que persista debe de ponerte en contacto con el Ministerio de Justicia, ya sea poniendo una incidencia técnica.

 

  1. Abierto- Registrado- Su expediente ha sido registrado correctamente.

Este este estado del expediente. Puede aparecer de diferentes maneras: “Registrado”, su expediente se ha sido registrado, se le ha asignado un número de expediente, que esta pendiente de tramitar para su estudio.

  1. Abierto – Registrado en Tramitación

Este este estado del expediente. Puede aparecer de diferentes maneras: “Registrado”, “Doble Registrado” o “Abierto – Registrado en Tramitación y que va esta pendiente de tramitación.”, pero todos significan lo mismo: que el expediente ha sido correctamente registrado en el sistema y está a la espera de ser revisado.

  1. Pendiente de Solicitud de Informes Preceptivos

En esta fase, el Ministerio de Justicia  tiene pendiente de solicitar informes a diferentes organismos para verificar la situación del solicitante. Estos informes provienen de:

  • Registro Central de Penados (para verificar antecedentes penales).
  • Dirección General de la Policía Extranjería y de Fronteras (para comprobar la residencia legal y la conducta cívica del solicitante).
  • Otras Administraciones Públicas (como Seguridad Social, Hacienda, INE, Ayuntamientos, entre otros).

 

 

  1. Abierto- En tramitación- Pendiente de recepción de informe de preceptivos oficiales.

Este estado indica que se han solicitado de manera telemática informes a distintas entidades, como:

  • Policía Nacional (para verificar antecedentes y residencia del solicitante).
  • Administraciones Públicas (para validar documentación oficial y pagos de impuestos).
  • Seguridad Social (para comprobar cotizaciones y situación laboral).
  • Hacienda (para validar la situación fiscal del solicitante).
  • Instituto Nacional de Estadística (INE) (para verificar empadronamiento y datos personales).
  • Registro Mercantil y Registro de la Propiedad (para verificar bienes e intereses comerciales).
  • Registro Central de Penados y Dirección General de la Policía (para confirmar si el solicitante tiene antecedentes penales o administrativos).

Estos informes son necesarios para que el Ministerio de Justicia pueda tomar una decisión sobre la concesión de la nacionalidad.

 

  1. En Estudio

Este estado indica que los informes han sido recibidos y el Ministerio de Justicia está evaluando la documentación. Si encuentran algún problema, pueden solicitar información adicional o documentación complementaria.

  1. En Calificación

En esta fase, el Ministerio de Justicia ya ha evaluado la documentación y ahora el sistema procede a calificar la solicitud.  El resultado puede ser:

  • Favorable (nacionalidad concedida).
  • Desfavorable (nacionalidad denegada).

 

6.1 Doble Calificación

 

Algunos expedientes aparecen con “doble calificación” o “doble tramitación”. Esto ocurre porque la administración puede procesar solicitudes con inteligencia artificial y también con revisión manual. Cuando hay un doble check, significa que una revisión ya ha sido completada por IA y otra está siendo evaluada por un funcionario.

7.Requerimiento de Documentación

Si el Ministerio detecta que falta algún documento o que alguno fue aportado incorrectamente, se enviará un requerimiento para subsanar la incidencia.

 

8.Abierto- en tramitación: requerido- documentación aportada. Usted ha aportado documentación en respuesta al requerimiento, que esta siendo evaluada, su expediente se encuentra en curso de tramitación.

 

El estado “Abierto – En tramitación: Requerido – Documentación aportada” significa que la Administración ha solicitado documentación adicional al solicitante y que este ya la ha entregado. Una vez recibida, el sistema actualiza el estado del expediente y pasa a fase de evaluación.

¿Qué implica este estado?

  1. Solicitud de documentación: La Administración detectó que faltaba algún documento o que era necesario aclarar información.
  2. Entrega del documento: La persona solicitante ha aportado la documentación requerida dentro del plazo establecido.
  3. Registro y actualización: El sistema ha registrado correctamente la documentación y el estado del expediente se ha actualizado.
  4. Evaluación en curso: La Administración está revisando los documentos aportados para determinar si cumplen con los requisitos.

¿Qué hacer en este estado?

  • Esperar la resolución: Si toda la documentación es correcta, el expediente avanzará en la tramitación.
  • Revisar notificaciones: En caso de que la documentación no sea suficiente o se necesiten aclaraciones adicionales, la Administración podría emitir otro requerimiento.
  • Consultar el estado regularmente: Puede hacerse a través de la sede electrónica del organismo correspondiente o contactando con la Administración.

Si el proceso tarda más de lo esperado, es recomendable consultar con el organismo encargado para verificar el estado del expediente, normalmente que te haga un requerimiento y volver a valorar el documento, puede demorar  hasta mas de 6 meses, incluso años.

  1.  Abierto- Requerido- trámite de audiencia.

 

El estado “Abierto – Requerido trámite de audiencia” indica que se ha solicitado documentación o se ha notificado al interesado sobre algún procedimiento administrativo, pero no ha sido posible entregarle la notificación ni por vía telemática ni por correo postal.

Dado que la notificación personal ha resultado infructuosa, la Administración ha publicado el aviso en el Tablón Edictal de Notificaciones (TEU). Este tablón es un medio oficial en el que se publican las notificaciones cuando no pueden entregarse de manera convencional.

En general, la notificación se considera efectuada cuando han pasado 20 días desde su publicación en el TEU, aunque la Administración suele mantenerla visible durante unos tres meses antes de retirarla. Una vez transcurrido ese tiempo, el procedimiento sigue su curso, y si no se responde dentro del plazo indicado, podría resolverse en contra del interesado por silencio administrativo o con alguna sanción.

Si te encuentras en esta situación, lo recomendable es revisar el Tablón Edictal de Notificaciones de la Administración correspondiente y presentar la documentación requerida lo antes posible para evitar problemas.

 

  1. Resolución – Concedido o Denegado

Si la resolución es favorable, el solicitante recibirá una notificación a través de la DEHU (Dirección Electrónica Habilitada Única) o por correo postal si no eligió la opción de notificación electrónica.

  1. Concedido. Enviada la notificación. Su resolución ha sido enviada telemáticamente. Tiene usted disponible la notificación de la resolución de concesión de nacionalidad española en la dirección electrónica habilitada única (DEHÚ), disponible en https:/dehu.redsara.es

 

  1.  Abierto- Concedido. Enviada notificacion. Resolucion enviada por correo postal.

 

  1. Abierto. Concedido. Enviada notificación. Su resolución ha sido enviada telemáticamente. Puede acceder a carpeta ciudadana para su notificación.

 

  1. Finalizado. Concedido. Notificado. Resolución notificada telemáticamente. Su resolución se encuentra disponible en carpeta ciudadana. Si tiene dificultades para acceder a la misma puede consultar el manual de usuario para el acceso a notificaciones de nacionalidad que se encuentra en sede electrónica/ tramites/ nacionalidad por residencia- información relacionada.

  1. Finalizado- Concedido por ejecución de sentencia. Su expediente se encuentra concedido por ejecución de sentencia.

Estos casos es justamente lo que dice el estado, se ha presentad una demanda contenciosa, ya sea por denegación expresa o denegación presunta, y el juez de la Audiencia Nacional ha concedido la nacionalidad y se ha ejecutado la sentencia.

 

 

16.Finalizado- presentada dispensa pruebas instituto Cervantes. Su expediente se encuentra en estudios.
Normalmente este tipo de personas hicieron la solicitud de nacionalidad sin tener la dispensa sea parcial o total, le hace un requerimiento de que debe de presentar el examen, normalmente no le da tiempo a tener respuesta la dispensa aprobada, y a veces ni hacer el examen, estos casos suelen ser archivado por desistimiento presunto.

 

 

En caso de denegación, se puede interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación.

Denegada la nacionalidad con fecha de resolución 11/04/2023.

18. Finalizado. Denegado.Enviado notificacion.Resolucion enviada por correo postal.

Este tipo de solicitudes suelen no haber marcado la  notificación telematica, pero ya hace tiempo en esos casos, la notificar por via telematica y tambien postal.

19. Denegada la nacionalidad con fecha de resolución. 

Existen aglunas resoluciones denegaciones que se envia al registro Civil, no se porque. Creo que es porque son expediente que a lo mejor se presentaron el periodo transitoria de cambio de la ley de solicitud de nacionalidad por residencia.

 

20. Finalizado- denegado. Enviada notificación.Su resolución ha sido enviada telemáticamente. Puede acceder a carpeta ciudadana para su notificación.

 

 

Recurso en caso de Denegación o archivo.

Si la nacionalidad es denegada, el recurso de reposición debe presentarse en el plazo de un mes desde la notificación. Para el recurso contencioso, el plazo es de dos meses y se requiere obligatoriamente un abogado y procurador. Antes de recurrir, es recomendable evaluar la viabilidad del recurso con un especialista.

21. Archivado por Desistimiento Presunto

Este estado ocurre cuando el solicitante no responde a un requerimiento en el plazo estipulado. El expediente es archivado y se considera que la persona ha desistido del trámite.

 

22. Finalizado. Archivado por desistimiento. Archivo. Intentada notificación por correo postal. 

Normalmente este tipo de archivo es porque las personas no han cumplido con el requerimiento que le ha realizado, no una, sino varias veces.  Lo han aportado mal, porque normalmente no entiende el requerimiento.

Problemas al acceder a la notificación de concesión

Algunas personas no pueden descargar la notificación de concesión de nacionalidad porque no tienen certificado digital. Pasados 10 días, la notificación se considera efectuada y comienza a computar el plazo de 6 meses para hacer la jura. Si no puedes acceder a la notificación, acude a un abogado o tramita la firma digital lo antes posible.

 

Si en alguna fase del proceso detectas un estado que no está mencionado en este artículo, es recomendable que consultes con el propio Ministerio de Justicia llamando a los teléfonos de soporte o enviando una consulta a través del formulario en su sitio web. También puedes contactar con un abogado especializado para recibir orientación sobre tu expediente.

Comprender las diferentes fases o estados del proceso de nacionalidad española por residencia ayuda a reducir la ansiedad y permite tomar medidas oportunas en caso de requerimientos o demoras.

En próximos artículos, vamos indicar cuanto tiempo se toma en cada fase, o en una fase en específica, y detallaremos los pasos a seguir una vez que la nacionalidad ha sido concedida. ¡Permanece atento a nuestras publicaciones!

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