Todo lo que debes saber sobre la nueva autorización de residencia para familiares de españoles (actualizado 2025)
Con la entrada en vigor del Reglamento de Extranjería reformado (RD 1155/2024), se ha creado una autorización específica para los familiares de personas con nacionalidad española. Este cambio, que entra en vigor el 20 de mayo de 2025, supone una transformación profunda en la forma en que se regulan estas situaciones.
A continuación, respondemos y explicamos punto por punto las dudas más frecuentes recogidas en la guía oficial, para que comprendas cómo te afecta y qué debes tener en cuenta si tú o un ser querido estáis en esta situación.
¿Qué es esta nueva autorización y a quién se aplica?
Se trata de una autorización de residencia temporal que se concede a familiares de personas con nacionalidad española, cuando los acompañan o se reúnen con ellas en territorio español. Se aplica exclusivamente a nacionales de terceros países (no pertenecientes a la UE, EEE o Suiza)GUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
Hasta ahora, se les aplicaba el régimen comunitario (como si fueran familiares de ciudadanos de la UE), pero con esta reforma se establece un régimen propio, bajo el Reglamento de Extranjería, diferenciado del régimen comunitario regulado por el RD 240/2007GUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Hay excepciones?
Sí, y es importante conocerlas. Por ejemplo, los familiares de españoles que regresan a España tras vivir en otro país europeo podrán optar entre el régimen comunitario o el nuevo régimen nacional. También hay excepciones para quienes ya habían solicitado o tenían visados o tarjetas bajo el régimen anterior antes del 20 de mayo de 2025GUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Quién puede solicitar la autorización?
La solicitud varía según dónde se encuentren el español y el familiar extranjero:
-
Si el familiar está en su país de origen, el ciudadano español presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería en España.
-
Si ambos están fuera de España, el familiar extranjero inicia el trámite en el consulado.
-
Si ambos están en España, cualquiera de los dos puede presentar la solicitudGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Desde cuándo tiene efectos la autorización?
-
Si el familiar entra con visado, el permiso empieza desde su entrada a España.
-
Si ya estaba en España legalmente, se cuenta desde el momento en que se presentó la solicitudGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Quiénes pueden beneficiarse?
La norma incluye:
-
Cónyuges y parejas, incluso no registradas si prueban convivencia estable.
-
Hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad.
-
Ascendientes a cargo o por razones humanitarias.
-
Padres o tutores de menores españoles.
-
Familiares hasta segundo grado si cuidan a personas españolas dependientes.
-
Otros miembros a cargo en el país de origen.
-
Hijos de padre o madre que sean o hayan sido españoles de origenGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Qué documentos hay que presentar?
La documentación básica incluye:
-
Pasaporte, prueba del vínculo familiar, y en algunos casos, prueba de estar a cargo, convivencia o situación de salud o discapacidad.
-
El ciudadano español deberá aportar su DNI o pasaporte, y en caso de pareja, una declaración de que no convive con otra pareja en EspañaGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Es obligatoria la convivencia?
No en todos los casos. Solo se exige para parejas estables sin descendencia común y para otros miembros de la familia que estén a cargoGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Cuánto dura la autorización?
La duración estándar es de 5 años. Si el solicitante expresa voluntad de residir menos tiempo, se concede por ese plazoGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Esta autorización permite trabajar?
Sí, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, en cualquier parte del país y sin trámites adicionales. Además, incluso quienes accedieron por estar a cargo pueden trabajar durante su autorización sin perderlaGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Desde cuándo se puede trabajar si ya estás en España?
Desde el momento en que se admite a trámite la solicitud, sin necesidad de esperar la resoluciónGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Se puede reagrupar a otros familiares una vez concedida?
Sí. La persona titular de esta autorización puede ejercer su derecho a la reagrupación familiar conforme al Reglamento de ExtranjeríaGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Y si necesito renovarla?
Si la autorización se concedió por menos de 5 años, puede renovarse manteniendo las condiciones iniciales. La solicitud debe hacerse en los dos meses anteriores o tres meses posteriores a su vencimientoGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Qué pasa con quienes ya tenían autorización por arraigo familiar?
Si tienes una autorización por arraigo familiar vigente antes de esta reforma, no necesitas cambiarla ni modificarla. Se mantiene válida conforme a la Disposición Transitoria Tercera del ReglamentoGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Puede ser denegada?
Sí, por razones de orden público, salud o seguridad. Pero una condena penal anterior no implica automáticamente la denegación, salvo en ciertos supuestos concretos, como los recogidos en las letras c), g), h) e i) del artículo 94GUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Puedo mantener la autorización si cambian mis circunstancias?
Sí, pero es imprescindible comunicar cualquier cambio (como cambio de domicilio o ruptura del vínculo) en un plazo de seis meses. Si no se mantienen las condiciones, se puede perder la autorizaciónGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Y si fallece la persona española o deja de residir en España?
En caso de fallecimiento, se mantiene la autorización si ya residías en España. Si el español deja de residir, sus hijos o su progenitor custodio pueden conservar la residencia mientras estudien en EspañaGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Se puede obtener una residencia independiente?
Sí, en algunos casos: hijos de españoles de origen, parejas estables, cuidadores de dependientes o familiares a cargo. Si no se puede acceder a esa vía, se podrá solicitar una modificación de la autorizaciónGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Qué se puede hacer tras 5 años de residencia?
Puedes solicitar una autorización de residencia de larga duración nacional o UE si cumples los requisitos. También se regulan los casos de nulidad matrimonial, divorcio o cancelación de pareja registradaGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Y si eres víctima de violencia o trata?
Se puede mantener o modificar la autorización si se acredita la condición de víctima mediante orden judicial, informe policial o del Ministerio FiscalGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
¿Qué pasa si el vínculo con la persona española se rompió antes del 20 de mayo de 2025?
Podrás mantener tu autorización de arraigo familiar conforme a la disposición transitoria del nuevo ReglamentoGUIA-FAMILIARES-DE-ESPA….
Agenda ya tu cita con nuestro equipo. Analizaremos tu solicitud, evaluaremos tu situación procesal y te diremos exactamente qué puedes hacer para realizar tus trámites de extranjería, nacionalidad o asilo.
Porque incluso en los casos más difíciles, hay soluciones si actúas a tiempo.
Consulta gratuita sobre extranjería:
Rellena este formulario:
Formulario de consulta gratuita de extranjería
Consulta gratuita sobre nacionalidad española:
Completa este formulario:
Formulario de consulta gratuita de nacionalidad española
Pasos para obtener tu consulta gratuita personalizada de 15 minutos online
Suscríbete a nuestra Newsletter
Al suscribirte, recibirás:
- Promociones exclusivas
- Novedades y actualizaciones sobre procesos migratorios.
- Acceso a consultas gratuitas personalizadas de 15 a 30 minutos (presencial o por videollamada).
👉 Suscríbete aquí
Síguenos en redes sociales
Mantente informado con los mejores consejos y actualizaciones legales:
Regálanos 5 estrellas
Agenda tu cita aquí
Nota importante:
Para que podamos atenderte en el horario programado, recuerda suscribirte a la newsletter antes de la cita. Este paso es imprescindible para validar tu consulta gratuita.

Comentar