Venezuela, migración y derechos humanos: lo que dice Europa y lo que aún no aplica España
El pasado 23 de abril de 2025, el Parlamento Europeo aprobó una resolución contundente sobre la situación en Venezuela tras la usurpación de la presidencia por Nicolás Maduro. El documento, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (C/2025/2148), declara que Maduro tomó el poder de forma ilegítima, sin garantías democráticas ni legitimidad internacional, y reafirma el reconocimiento de Edmundo González Urrutia como presidente legítimo por parte de las instituciones europeasOJ_C_202502148_ES_TXT.
Esta resolución no se limita al plano político: denuncia graves violaciones de derechos humanos, como asesinatos, desapariciones forzadas, persecución política y represión a opositores, incluidas mujeres y menores. El Parlamento Europeo recuerda que más de 8 millones de personas han huido de Venezuela, configurando una de las mayores crisis migratorias del mundo actual, y exige que se actúe en consecuenciaOJ_C_202502148_ES_TXT.
¿Y qué pasa en España?
España ha sido históricamente uno de los principales destinos para las personas venezolanas que buscan refugio, reunificación familiar o una nueva oportunidad. Actualmente, miles de venezolanos residen en España bajo figuras como el asilo, la residencia por razones humanitarias o, en algunos casos, sin regularización.
Desde 2019, el Ministerio del Interior viene aplicando una instrucción interna que permite conceder residencias por razones humanitarias a solicitantes de asilo venezolanos cuyas peticiones han sido denegadas pero que se considera no pueden ser devueltos a su país. Sin embargo, esta vía, aunque valiosa, presenta limitaciones cada vez más severas, especialmente con el nuevo reglamento que entra en vigor en mayo de 2025:
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No permite modificar a otras autorizaciones bajo la Ley de Extranjería, como las de trabajo por cuenta ajena o propia, lo que bloquea la evolución del proyecto migratorio y mantiene a la persona en una situación de dependencia administrativa.
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No se puede prorrogar si la persona tiene una ficha policial, aunque no exista condena firme. Y para mayor gravedad, con el nuevo reglamento ya no se permitirá prorrogar esta residencia bajo ningún supuesto, cerrando una vía que hasta ahora servía de “respiro legal” para muchas personas venezolanas en situación vulnerable.
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En este escenario, muchos se ven forzados a iniciar un nuevo procedimiento desde cero, como por ejemplo el arraigo por formación, lo que implica más tiempo de espera, requisitos adicionales y precariedad jurídica.
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En cuanto al arraigo por segunda oportunidad, no está claro si las cotizaciones derivadas de la residencia humanitaria serán computables para acreditar la vinculación laboral exigida, lo que introduce aún más inseguridad jurídica.
Estas restricciones no solo contradicen el espíritu protector de la figura humanitaria, sino que también desincentivan la integración laboral y social de miles de personas que ya están plenamente insertadas en la vida cotidiana en España.
¿Por qué no se activa la protección por desplazamiento masivo?
La Directiva europea 2001/55/CE y el artículo 125 del Reglamento de Extranjería español permiten reconocer una situación de protección temporal por desplazamiento masivo cuando un colectivo se ve obligado a huir por conflicto, violencia o colapso institucional.
Esta figura se activó para ciudadanos ucranianos en 2022 de forma inmediata y efectiva. ¿Por qué no se ha hecho lo mismo con los venezolanos, si su éxodo es incluso mayor? La resolución del Parlamento Europeo deja claro que la situación en Venezuela cumple sobradamente los requisitos: represión sistemática, crisis humanitaria prolongada y ausencia de garantías democráticasOJ_C_202502148_ES_TXT.
Desde la práctica jurídica, hemos visto cómo familias venezolanas enteras viven en una incertidumbre constante. Son personas que trabajan, estudian, pagan impuestos, cuidan de sus hijos y quieren un futuro. Pero el sistema les niega el acceso a una residencia plena, por cuestiones como una simple ficha policial o por haber entrado por vías humanitarias “no modificables”.
Lo que Europa pide, España debe aplicar
La resolución europea es clara: la comunidad internacional tiene un deber moral y legal de proteger a quienes huyen de la represión. La Unión Europea reconoce el éxodo venezolano como una crisis humanitaria y política, y exige soluciones reales, no solo declaracionesOJ_C_202502148_ES_TXT.
Como abogada de extranjería y también migrante, creo firmemente que ha llegado el momento de que España adapte su política migratoria al contexto actual:
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Reconociendo el desplazamiento masivo de venezolanos y otorgando una protección estable, modificable y con garantías.
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Eliminando barreras como la ficha policial para renovar residencias humanitarias.
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Y, sobre todo, escuchando a quienes ya están aquí, contribuyen y merecen vivir con seguridad jurídica y dignidad.
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