Anexo B.4 del Informe anual 2025 del Defensor del Pueblo: qué normas llegaron al Tribunal Constitucional y qué revela eso sobre el malestar jurídico en España

Portada del informe anual 2025 del Defensor del Pueblo sobre normas en el Tribunal Constitucional.

Anexo B.4 del Informe anual 2025 del Defensor del Pueblo: qué normas llegaron al Tribunal Constitucional y qué revela eso sobre el malestar jurídico en España

Hay un anexo del Informe anual 2025 del Defensor del Pueblo que me parece especialmente interesante para entender hasta qué punto algunas normas generaron un malestar jurídico real en 2025. Me refiero al Anexo B.4, dedicado a las solicitudes de recurso ante el Tribunal Constitucional.

Y aquí conviene aclarar algo desde el principio. No estamos hablando de simples protestas políticas ni de debates teóricos. Estamos hablando de ciudadanos, asociaciones, instituciones y colectivos que acudieron al Defensor del Pueblo para pedirle que valorara la interposición de recursos de inconstitucionalidad o de amparo frente a normas o resoluciones que consideraban lesivas. Eso ya es un dato muy revelador sobre la conflictividad jurídica del año.

Cuántas solicitudes de recurso recibió el Defensor del Pueblo en 2025

El Informe anual 2025 explica que el Defensor del Pueblo recibió 365 solicitudes de recurso ante el Tribunal Constitucional. De ellas, 361 fueron solicitudes de recurso de inconstitucionalidad contra 16 normas distintas, entre leyes y decretos estatales y autonómicos, y 4 fueron solicitudes de recurso de amparo.

Esto ya da una idea muy clara del clima jurídico del año. No se trató de un número anecdótico. De hecho, si lo comparamos con 2024, el salto fue enorme: el anexo estadístico refleja que las solicitudes de recurso pasaron de 42 a 365.

La norma que más reacción generó: la Ley 1/2025

El dato más llamativo de todos es que, de esas 361 solicitudes de recurso de inconstitucionalidad, 278 pedían recurrir una misma norma: la Ley 1/2025, de 1 de abril. El propio anexo estadístico lo destaca expresamente.

Y el informe principal concreta que esa ley era la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Además, señala que el Defensor del Pueblo sí interpuso recurso de inconstitucionalidad contra esa norma.

Esto es muy importante. Porque una cosa es que se solicite al Defensor del Pueblo que recurra una norma. Y otra muy distinta es que, tras analizarla, decida efectivamente acudir al Tribunal Constitucional. En este caso ocurrió.

Qué otras normas estatales fueron objeto de solicitud

El informe identifica varias leyes y decretos estatales respecto de los que se formularon solicitudes de recurso de inconstitucionalidad en 2025.

Entre ellas figura la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, sobre imposición mínima global, entidades financieras y productos relacionados con el tabaco, respecto de la cual se recibieron numerosas solicitudes. También la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, con solicitudes dirigidas contra su artículo 3 y contra su disposición final cuarta. Igualmente se menciona el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por medidas urgentes en materia económica, transporte, Seguridad Social y vulnerabilidad, y el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, relativo al permiso de nacimiento y cuidado para completar la transposición de la directiva europea sobre conciliación.

Esto demuestra que el control solicitado al Defensor del Pueblo no se limitó a una sola materia. Hubo conflicto constitucional en materias fiscales, de justicia, sociales y laborales.

Las normas autonómicas también concentraron muchas solicitudes

El informe dice además que en 2025 hubo 11 solicitudes de recurso de inconstitucionalidad referidas a leyes y decretos autonómicos. Entre las normas mencionadas aparecen varias de la Comunitat Valenciana, la Comunidad de Madrid, La Rioja, Murcia, Canarias y Cataluña.

Por ejemplo, se citan la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa de la Generalitat Valenciana; la Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid; el Decreto-ley 4/2025 de la Comunitat Valenciana sobre la Huerta de València; la Ley 2/2025 de La Rioja sobre biodiversidad y patrimonio natural; la Ley 5/2025 de la Generalitat Valenciana; la Ley 6/2025 de presupuestos de la Generalitat Valenciana; el Decreto-ley 6/2025 valenciano en materia de intervención administrativa ambiental; el Decreto-ley 1/2025 de simplificación administrativa de la Región de Murcia; la Ley 2/2025 de Canarias sobre temporalidad y empleo público; la Ley 3/2025 de Canarias sobre consejos sociales y coordinación del sistema universitario; y el Decreto Ley 15/2025 de Cataluña sobre la Agencia Tributaria catalana.

Esta enumeración deja claro que la conflictividad constitucional tuvo también una dimensión autonómica muy fuerte. No fue un fenómeno solo estatal.

Qué recursos interpuso efectivamente el Defensor del Pueblo

Aquí está una de las partes más relevantes del artículo. El informe no solo enumera solicitudes: también precisa que en 2025 el Defensor del Pueblo interpuso 3 recursos de inconstitucionalidad. Fueron contra:

1. La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
2. La Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana.
3. La Ley 3/2025, de 25 de julio, de modificación de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias.

Esto es clave. Porque permite distinguir entre lo que fue una mera solicitud ciudadana y lo que, tras estudio jurídico, llegó realmente al Tribunal Constitucional impulsado por el Defensor del Pueblo.

Y qué pasó con los recursos de amparo

El informe también dedica un espacio a las solicitudes de recurso de amparo. Señala que se recibieron cuatro: tres contra resoluciones judiciales y una contra cláusulas de un convenio colectivo y de un acuerdo sobre condiciones de trabajo.

En los ejemplos que desarrolla, el Defensor del Pueblo explica por qué no procedía interponer esos recursos: en unos casos faltaba el requisito temporal, en otros no se había agotado la vía jurisdiccional previa y, en otro, no apreciaba una vulneración de los derechos fundamentales del artículo 24 de la Constitución.

Esto también me parece importante subrayarlo. El Defensor del Pueblo no actúa como un mero transmisor automático de cualquier petición. Analiza si concurren los requisitos procesales y constitucionales. Y si no se cumplen, no interpone el recurso.

Qué revela este anexo sobre la conflictividad jurídica del año

Mi lectura es muy clara. El Anexo B.4 refleja una España donde el malestar jurídico no solo se expresa en recursos judiciales ordinarios, sino también en la búsqueda de control constitucional frente a leyes y decretos muy concretos.

Además, demuestra que el Defensor del Pueblo no se limita a contar solicitudes. Filtra, estudia y, cuando aprecia fundamento suficiente, recurre. Eso le da a este anexo un valor enorme, porque nos permite ver qué materias y qué normas generaron un nivel de preocupación constitucional especialmente intenso.

Por qué esto también importa para extranjería, asilo y derechos

Aunque muchas de estas normas no sean de extranjería, este anexo importa mucho para quien trabaja o vive procedimientos migratorios. ¿Por qué? Porque recuerda algo esencial: el control constitucional forma parte del sistema de garantías. Y cuando una norma afecta derechos, organiza mal una materia sensible o genera dudas serias de constitucionalidad, existen mecanismos institucionales para reaccionar.

En extranjería y asilo esto es especialmente relevante, porque muchas veces hablamos de derechos fundamentales, acceso a tutela efectiva, igualdad, protección de menores, no devolución o seguridad jurídica. Por eso conviene no perder nunca de vista que el debate no termina en la oficina administrativa ni en la norma reglamentaria. A veces llega mucho más arriba.

Preguntas frecuentes sobre el Anexo B.4 del Informe anual 2025 del Defensor del Pueblo

¿Cuántas solicitudes de recurso ante el Tribunal Constitucional recibió el Defensor del Pueblo en 2025?

Recibió 365 solicitudes: 361 de recurso de inconstitucionalidad contra 16 normas distintas y 4 de recurso de amparo.

¿Cuál fue la norma que más solicitudes generó?

La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, con 278 solicitudes.

¿Cuántos recursos de inconstitucionalidad interpuso finalmente el Defensor del Pueblo?

Interpuso 3 recursos de inconstitucionalidad en 2025.

¿Se puede pedir al Defensor del Pueblo que recurra una ley y que aun así no lo haga?

Sí. Una cosa es la solicitud y otra la decisión final. El Defensor del Pueblo analiza si concurren motivos y requisitos suficientes antes de interponer el recurso.

Mi conclusión

El Anexo B.4 del Informe anual 2025 del Defensor del Pueblo es una fotografía muy útil del malestar jurídico y constitucional del año. Permite ver qué normas generaron mayor contestación, en qué casos el Defensor del Pueblo decidió actuar y cómo funciona ese filtro institucional cuando una ley o un decreto llegan a plantear dudas serias de constitucionalidad.

Y eso importa mucho. Porque recuerda que, cuando una norma afecta derechos o genera una inseguridad jurídica seria, el debate no se agota en la administración que la aplica. También puede acabar en el Tribunal Constitucional.

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