¿El arraigo cuenta para la nacionalidad? SAN 2623/2026

Pregunta sobre si el arraigo cuenta para la nacionalidad en un cartel legal.

¿El arraigo cuenta para la nacionalidad española? Lo que dice la SAN 2623/2026

La Audiencia Nacional no ha declarado que todos los arraigos hayan dejado de contar. El verdadero problema está en presentar la nacionalidad cuando la autorización todavía tiene carácter provisional y no se ha consolidado.

En los últimos días me está llegando la misma pregunta: “¿Es verdad que ahora los arraigos no cuentan para solicitar la nacionalidad española?”

Mi respuesta es clara: no podemos convertir una sentencia concreta en una regla general que elimine todos los periodos de residencia por arraigo.

La SAN 2623/2026, de 29 de junio de 2026, analiza una situación específica en la que la autorización de residencia por circunstancias excepcionales fue considerada provisional, medial o instrumental.

Por tanto, el debate no está únicamente en el nombre del permiso. La cuestión decisiva es si, cuando se presenta la nacionalidad, la autorización ya se encuentra consolidada de forma definitiva o firme.

No presentes la nacionalidad por intuición. Antes debemos comprobar el tipo exacto de autorización, su fecha de efectos, si es provisional o definitiva y cuándo se cumple realmente el plazo de residencia.

El caso analizado por la Audiencia Nacional

El procedimiento afecta a una ciudadana colombiana que presentó su solicitud de nacionalidad española por residencia el 27 de marzo de 2023.

La Administración denegó la solicitud porque consideró que, en la fecha de presentación, la interesada no reunía la condición de residente legal exigida para el cómputo de la nacionalidad.

La autorización que constaba en el expediente era una residencia temporal por circunstancias excepcionales vigente desde el 9 de diciembre de 2020. Sin embargo, en aquel litigio fue tratada como una autorización de carácter provisional o instrumental.

La Audiencia Nacional confirmó la denegación porque, cuando se solicitó la nacionalidad, aquella autorización todavía no había alcanzado la condición definitiva o la firmeza judicial que el tribunal consideró necesaria.

La sentencia no debe leerse a medias

El razonamiento no termina diciendo que el tiempo desaparece para siempre. Al contrario, contempla que, cuando la autorización se convierte en definitiva administrativamente o firme judicialmente, pueda sumarse el periodo total.

Entonces, ¿los arraigos cuentan para la nacionalidad?

No debemos responder con un sí o un no automático. Hay que revisar qué autorización se concedió realmente y qué naturaleza tenía cuando se presentó la solicitud de nacionalidad.

Una autorización de residencia por circunstancias excepcionales produce efectos jurídicos desde su concesión. Puede permitir residir, trabajar y obtener una tarjeta de identidad de extranjero.

Sin embargo, la sentencia analiza el problema específico de una autorización cuya consolidación todavía estaba pendiente. Por eso, no podemos utilizarla para afirmar que cualquier arraigo ordinario concedido y plenamente eficaz queda excluido del cómputo.

Lo que sí debemos comprobar

  • La resolución exacta que concedió la autorización.
  • El tipo de arraigo o circunstancia excepcional.
  • La fecha desde la que produce efectos.
  • Si la autorización se concedió de forma provisional o definitiva.
  • Si existía un procedimiento judicial pendiente.
  • Si la resolución administrativa era firme.
  • La situación existente el día en que se presentó la nacionalidad.

La sentencia no borra automáticamente los años de arraigo. Advierte sobre el momento en que se solicita la nacionalidad cuando la autorización todavía no se ha consolidado.

Qué exige el artículo 22.3 del Código Civil

Para adquirir la nacionalidad española por residencia, el Código Civil exige que el periodo sea legal, continuado e inmediatamente anterior a la solicitud.

Residencia legal

La permanencia debe estar amparada por una autorización de residencia válida conforme a la normativa de extranjería.

Residencia continuada

Debe mantenerse la continuidad exigida y revisarse cuidadosamente el efecto de las ausencias de España.

Inmediatamente anterior

El periodo exigido debe estar conectado con la fecha de presentación, sin interrupciones que rompan el cómputo.

La Audiencia Nacional no crea un plazo nuevo de nacionalidad. Lo que analiza es cuándo puede considerarse consolidada la legalidad de una autorización que todavía tenía carácter provisional.

La fecha de presentación puede decidir todo el expediente

En nacionalidad no basta con cumplir los requisitos en algún momento del procedimiento. Como regla general, deben cumplirse cuando se presenta la solicitud.

Por eso, presentar demasiado pronto puede provocar una denegación que se habría evitado esperando a la resolución definitiva o reuniendo correctamente la documentación.

Ejemplo práctico

Imaginemos que una persona tiene una autorización provisional durante dos años y posteriormente obtiene una autorización definitiva que consolida el periodo anterior.

Si presenta la nacionalidad antes de esa consolidación, la Administración puede considerar que todavía no cumple el periodo de residencia legal.

En cambio, si espera a la autorización definitiva y esta permite reconocer el tiempo anterior, podrá defender el cómputo completo desde la fecha inicial correspondiente.

Una semana puede cambiar el resultado. Presentar antes de que la autorización sea definitiva puede generar una denegación; presentar después puede permitir computar todo el periodo.

Por qué esta sentencia preocupa a las víctimas de violencia de género

La sentencia no resuelve directamente el expediente de una víctima de violencia de género. Sin embargo, resulta relevante porque este tipo de autorización también puede pasar por una fase provisional y otra definitiva.

El Reglamento de Extranjería contempla una protección específica para las mujeres extranjeras que se encuentran en situación irregular y denuncian hechos de violencia de género.

Cuando existen determinados documentos que acreditan indicios o la condición de víctima, puede concederse una autorización provisional de residencia y trabajo mientras se tramita el procedimiento penal.

Posteriormente, si el procedimiento termina mediante una sentencia condenatoria u otra resolución de la que pueda deducirse la existencia de violencia de género, puede concederse la autorización definitiva correspondiente.

Advertencia jurídica: la aplicación de la SAN 2623/2026 a estas autorizaciones es un análisis por analogía. La Audiencia Nacional no resolvió en esa sentencia un caso de violencia de género.

Autorización provisional para víctimas de violencia de género

La autorización provisional permite proteger a la mujer extranjera durante la tramitación del procedimiento penal.

Esta autorización puede concederse cuando se presenta la solicitud acompañada de alguno de los documentos admitidos por la normativa para acreditar la existencia de indicios o la condición de víctima.

Entre esos documentos pueden encontrarse

  • Una orden de protección dictada por la autoridad judicial.
  • Un informe del Ministerio Fiscal que aprecie indicios de violencia de género.
  • Otro documento o título habilitante admitido legalmente para acreditar la condición de víctima.

Aunque se denomine provisional, produce efectos reales. La interesada puede residir y trabajar legalmente durante su vigencia.

Sin embargo, su continuidad y consolidación dependen del resultado del procedimiento penal. Por eso, antes de presentar una nacionalidad debemos revisar si todavía se encuentra en esa fase inicial.

Cuándo puede concederse la autorización definitiva

La autorización definitiva puede concederse cuando el procedimiento penal termina de una forma que permita reconocer legalmente la situación de violencia de género.

Puede resultar relevante una resolución como:

  • Una sentencia condenatoria.
  • Una resolución judicial de la que se deduzca que la mujer fue víctima de violencia de género.
  • Determinadas resoluciones de archivo o sobreseimiento previstas en la normativa.

La autorización definitiva para la víctima tiene una duración de cinco años, sin perjuicio de las circunstancias concretas del expediente.

Desde la perspectiva de la nacionalidad, la fecha de esta resolución puede ser decisiva porque permite defender que la situación provisional ha quedado consolidada.

No confundas el final del proceso penal con la concesión automática. Debemos comprobar que la autorización definitiva se ha solicitado o concedido y revisar desde qué fecha produce efectos.

¿El periodo provisional de una víctima cuenta para la nacionalidad?

La SAN 2623/2026 no resuelve directamente esta pregunta. Por eso, cualquier respuesta debe formularse con prudencia.

No obstante, aplicando por analogía el razonamiento de la sentencia, puede defenderse que el tiempo provisional no debería desaparecer si posteriormente se concede la autorización definitiva y queda consolidada la situación protegida.

Por ejemplo, si una víctima permanece dos años con autorización provisional mientras se tramita el procedimiento penal y después obtiene la definitiva, existe una base jurídica para defender el cómputo del periodo anterior.

Sin embargo, no recomiendo presentar la nacionalidad mientras todavía no exista la resolución definitiva sin haber realizado antes un análisis individual del expediente.

Mi criterio práctico: primero consolidamos la autorización, después calculamos el periodo completo y, finalmente, presentamos la nacionalidad con una explicación jurídica clara.

Documentos que debes revisar antes de presentar la nacionalidad

Resoluciones de extranjería

  • Resolución inicial de concesión.
  • Resolución de autorización provisional.
  • Resolución de autorización definitiva.
  • Resoluciones de renovación o modificación.
  • Notificaciones y fechas de efectos.

Documentación judicial

  • Orden de protección.
  • Informe del Ministerio Fiscal.
  • Sentencia penal.
  • Auto de archivo o sobreseimiento.
  • Certificado de firmeza, cuando corresponda.

Prueba de residencia continuada

  • Tarjetas de identidad de extranjero.
  • Certificado histórico de empadronamiento.
  • Informe de movimientos migratorios, cuando resulte necesario.
  • Pasaporte completo.
  • Resoluciones que cubran todo el periodo.

Pasos para comprobar si ya puedes solicitar la nacionalidad

1. Identificar todas tus autorizaciones

No basta con mirar la tarjeta actual. Debemos revisar todo el historial desde el inicio de la residencia.

2. Separar estancia y residencia

La estancia por estudios no se computa de la misma forma que una autorización de residencia para la nacionalidad.

3. Comprobar si alguna autorización era provisional

Hay que revisar la resolución, no solamente el nombre de la tarjeta o el tipo de formulario presentado.

4. Confirmar la consolidación

Debemos comprobar si existe una resolución definitiva administrativa o una resolución judicial firme.

5. Calcular ausencias y continuidad

Aunque el permiso compute, las salidas prolongadas de España pueden afectar al requisito de residencia continuada.

6. Elegir la fecha correcta de presentación

La solicitud debe presentarse cuando todos los requisitos estén completos y puedan acreditarse documentalmente.

Errores que pueden terminar en una denegación

Presentar la nacionalidad mientras la autorización sigue siendo provisional

Este es precisamente el riesgo principal que muestra la sentencia analizada.

Creer que tener una tarjeta siempre resuelve el cómputo

La tarjeta acredita una situación administrativa, pero debemos revisar la resolución que existe detrás de ella.

No aportar la resolución definitiva

La Administración puede desconocer que la autorización provisional quedó consolidada si el expediente no lo acredita correctamente.

Calcular el plazo solamente con el empadronamiento

El padrón no sustituye la residencia legal. Sirve como prueba complementaria, pero no crea una autorización.

No revisar las salidas de España

La continuidad puede verse afectada aunque la persona haya mantenido una tarjeta vigente.

Aplicar una sentencia sin leer el supuesto concreto

Una resolución judicial no debe convertirse en una frase viral separada de los hechos que realmente analiza.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo y la nacionalidad

¿Todos los arraigos han dejado de contar para la nacionalidad?

No. La SAN 2623/2026 analiza una autorización concreta considerada provisional en aquel procedimiento. No establece que cualquier residencia por arraigo quede excluida automáticamente.

¿Una residencia por arraigo puede computar para la nacionalidad?

Puede computar cuando constituye residencia legal y cumple los requisitos exigidos. Sin embargo, deben revisarse la resolución, su naturaleza, la fecha de efectos y si tenía carácter provisional o definitivo.

¿Qué significa que una autorización sea provisional?

Significa que produce efectos durante una fase inicial, pero su consolidación definitiva depende de una resolución administrativa o judicial posterior.

¿El tiempo provisional se pierde para siempre?

La sentencia analizada contempla que, cuando la autorización se vuelve definitiva administrativamente o firme judicialmente, pueda sumarse el tiempo total anterior.

¿Puedo presentar la nacionalidad mientras espero la autorización definitiva?

No recomiendo hacerlo sin revisar previamente el expediente. Presentar antes de la consolidación puede provocar una denegación por falta del periodo de residencia legal exigido.

¿La sentencia trata directamente sobre violencia de género?

No. El caso se refiere a una autorización por circunstancias excepcionales. Su posible aplicación a autorizaciones provisionales de víctimas de violencia de género constituye un análisis jurídico por analogía.

¿La autorización provisional por violencia de género permite trabajar?

Sí, la autorización provisional puede habilitar a la víctima para residir y trabajar durante su vigencia, conforme a las condiciones legalmente establecidas.

¿Cuándo se concede la autorización definitiva a una víctima?

Puede concederse cuando el procedimiento penal termina mediante una sentencia condenatoria u otra resolución de la que se deduzca la existencia de violencia de género, en los supuestos previstos legalmente.

¿La autorización definitiva dura cinco años?

La normativa contempla una autorización definitiva de cinco años para estos supuestos, sin perjuicio de la revisión individual de la resolución concedida.

¿El empadronamiento prueba la residencia legal?

No. El empadronamiento puede acreditar presencia y domicilio, pero no sustituye una autorización de residencia válida.

¿Las ausencias de España pueden afectar a la nacionalidad?

Sí. Además de la legalidad, el Código Civil exige residencia continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Por eso, deben revisarse todas las salidas.

¿Qué debo revisar antes de presentar?

Las resoluciones de extranjería, la fecha de efectos, el carácter provisional o definitivo, la continuidad, las ausencias, los antecedentes y el resto de los requisitos del expediente.

No arriesgues tu nacionalidad por presentar antes de tiempo

Una solicitud presentada unas semanas antes de consolidar la residencia puede terminar denegada. En cambio, una revisión correcta permite elegir la fecha adecuada y justificar todo el periodo.

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Este contenido tiene carácter informativo. La SAN 2623/2026 no resuelve directamente un expediente de violencia de género. La aplicación de su razonamiento a otras autorizaciones provisionales requiere estudiar individualmente la resolución, el procedimiento judicial y la normativa aplicable.

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