Nuevo sistema para pedir cita de matrimonio en el Registro Civil de Madrid

Cartel informativo sobre el nuevo sistema para cita de matrimonio en Madrid.

Nuevo sistema para pedir cita de matrimonio en el Registro Civil de Madrid

Si quieres abrir un expediente matrimonial en Madrid capital, presta atención: ahora primero debes presentar la solicitud y la documentación. La cita se elige después de que el Registro Civil revise el expediente.

Hay un cambio práctico importante para las parejas que quieren casarse y necesitan iniciar el expediente matrimonial en el Registro Civil de Madrid capital.

Hasta ahora muchas personas buscaban directamente una cita disponible. Sin embargo, el procedimiento publicado por la Comunidad de Madrid establece un sistema diferente: primero se presenta la solicitud de cita junto con la documentación exigida, después el Registro Civil revisa lo presentado y, solo si está correcto y completo, envía el acceso al calendario de citas.

Importante: no confundas presentar la solicitud con tener ya una cita. Son dos momentos distintos del procedimiento.

SOLICITAR APERTURA DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL

¿A quién se aplica este sistema en Madrid?

La página específica que estoy explicando corresponde a la Oficina General del Registro Civil de Madrid y exige que, al menos, una de las personas que van a contraer matrimonio tenga su domicilio y residencia habitual en Madrid capital.

Además, esa persona es la que debe presentar la solicitud y actuar como interesada en el procedimiento.

Por tanto, si vives en Alcalá de Henares, Móstoles, Getafe, Leganés, Fuenlabrada, Alcobendas, Alcorcón, Torrejón de Ardoz u otro municipio de la Comunidad de Madrid, no debes dar por hecho que este procedimiento concreto de Madrid capital sea el que te corresponde. Hay distintos Registros Civiles y hay que comprobar cuál es competente según el domicilio.

Este procedimiento permite solicitar:

  • La autorización para celebrar matrimonio civil.
  • La autorización para determinados matrimonios religiosos.
  • El certificado de capacidad matrimonial en los supuestos previstos para personas españolas que van a casarse en el extranjero.

El trámite, además, no tiene tasa administrativa.

¿Cómo funciona ahora la cita para abrir el expediente matrimonial?

Esto es lo que quiero que quede claro porque aquí es donde muchas personas pueden equivocarse.

Paso 1. Preparar la documentación
Antes de presentar nada tienes que revisar qué documentos corresponden a cada contrayente, especialmente cuando uno de ellos es extranjero, divorciado o viudo.
Paso 2. Presentar la solicitud
Puede tramitarse electrónicamente a través de la Comunidad de Madrid. También existe presentación presencial para las personas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Paso 3. El Registro Civil revisa lo presentado
Aquí todavía no estás eligiendo fecha. Primero se comprueba que la solicitud y los documentos estén completos.
Paso 4. Si está correcto, recibes un correo electrónico
El Registro Civil envía las instrucciones y el enlace para acceder al sistema de cita previa.
Paso 5. Entonces eliges día y hora
Podrás escoger entre las fechas disponibles que ofrezca el Registro Civil.
Si la solicitud no es correcta o falta documentación, puede quedar anulada y tendrás que presentar una nueva solicitud correctamente. Por eso no recomiendo subir documentos deprisa sin revisar previamente el expediente.

Documentos que tienes que revisar antes de presentar

La documentación depende de la situación de cada persona. Sin embargo, la Comunidad de Madrid señala, entre otros documentos, el certificado literal de nacimiento de los contrayentes expedido hace menos de un año.

También pueden resultar necesarios los certificados correspondientes al estado civil: soltería, capacidad matrimonial, matrimonio anterior, divorcio, nulidad o defunción del cónyuge anterior, según el caso.

Cuando hablamos de documentos extranjeros hay que tener especial cuidado. Además de presentar el documento adecuado, puede ser necesario que esté apostillado o legalizado y, cuando no esté redactado en español, acompañado de la traducción correspondiente realizada por traductor jurado.

Por ejemplo, no basta con tener un certificado de nacimiento extranjero. Hay que comprobar quién lo ha expedido, su vigencia, si necesita Apostilla de La Haya o legalización y si requiere traducción.

Además, la solicitud incluye información sobre:

  • Los datos de ambos contrayentes.
  • Dos personas mayores de edad que actuarán como testigos y que deben conocer a la pareja.
  • El lugar previsto para celebrar el matrimonio.

El Anexo I del segundo contrayente: no lo olvides

Uno de los documentos que aparece expresamente en este procedimiento es el Anexo I: Declaración del segundo contrayente.

Este documento tiene bastante más importancia de la que puede parecer. En él, el segundo contrayente autoriza al primero a presentar la solicitud en su nombre, exclusivamente a efectos de esa presentación.

Asimismo, contiene una declaración responsable sobre el estado civil y sobre las ciudades de residencia durante los dos últimos años. También se declara que no existe entre los contrayentes ningún impedimento legal para celebrar el matrimonio.

La Administración puede consultar electrónicamente determinados datos, entre ellos el NIF/NIE y el certificado de empadronamiento, salvo que exista oposición en los términos previstos legalmente. En ese caso habrá que aportar la documentación correspondiente.

Por eso, antes de firmar una declaración responsable, recomiendo revisar cuidadosamente que los datos reflejen la situación real de ambos contrayentes.

VER REQUISITOS Y DOCUMENTOS OFICIALES

¿Se puede presentar presencialmente?

Sí. Si no estás obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, la Comunidad de Madrid permite realizar la presentación presencial.

En ese supuesto se cumplimenta el formulario, se descarga, se firma y se presenta junto con la documentación.

Además, los escritos y solicitudes dirigidos a las Administraciones Públicas pueden presentarse, según corresponda, en Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, determinadas oficinas de entidades locales, oficinas de la Administración General del Estado, oficinas de otras comunidades autónomas y oficinas de Correos. Desde el extranjero también existen vías a través de representaciones diplomáticas y oficinas consulares españolas.

Eso sí, algunas oficinas de registro y atención al ciudadano exigen cita previa. Por tanto, conviene comprobarlo antes de desplazarte.

VER DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD

¿Qué ocurre el día de la cita?

Si la documentación ha superado la revisión previa y has recibido el enlace para reservar, llegará el momento de la comparecencia presencial.

El día de la cita deben acudir los dos contrayentes y los dos testigos a la Oficina General del Registro Civil de Madrid.

Además, deben llevar sus documentos de identificación y la documentación original. Si alguna de las personas no habla castellano, deberá tenerse en cuenta también la necesidad de intérprete o traductor conforme a las indicaciones del Registro Civil.

Oficina General del Registro Civil de Madrid
Calle Pradillo, 64-66
28002 Madrid

Después de la comparecencia y una vez comprobado que se cumplen los requisitos, el Registro Civil tramitará la autorización para contraer matrimonio.

El error que yo evitaría: pedir primero la cita y preparar después los documentos

Con este nuevo funcionamiento hay que cambiar la lógica. Yo prepararía primero el expediente y después presentaría la solicitud.

Especialmente cuando uno de los contrayentes es extranjero, no recomiendo esperar al último momento para pedir certificados de nacimiento, estado civil, divorcio o viudedad.

Además, una apostilla, una legalización o una traducción pueden retrasar la preparación. Por eso es mejor detectar desde el principio qué documento corresponde a cada persona.

Presentar documentación incompleta pensando que después se arreglará puede terminar haciendo perder tiempo, porque la propia Comunidad de Madrid advierte de la revisión previa de la solicitud antes de facilitar el acceso a las citas.

Este sistema puede ayudar a evitar citas ocupadas por expedientes que ni siquiera estaban preparados. Sin embargo, para el ciudadano significa que ahora la preparación documental previa es todavía más importante.


No en este procedimiento de Madrid capital. Primero debes presentar la solicitud y la documentación. Si todo está correcto, recibirás por correo electrónico las instrucciones y el enlace para elegir una fecha disponible.



No. La ficha oficial de la Comunidad de Madrid indica que este procedimiento no requiere pago de tasas.



No. Para este procedimiento es suficiente con que al menos uno de los contrayentes tenga su domicilio y residencia habitual en Madrid capital. Esa persona debe presentar la solicitud y actuar como interesada.



Hay que comprobar especialmente el estado civil, los certificados extranjeros, su legalización o apostilla y, cuando corresponda, la traducción jurada. No todos los países expiden los mismos documentos.



Sí. El día de la comparecencia deben acudir los dos contrayentes y los dos testigos, con identificación y documentación original.


Mi recomendación antes de iniciar un expediente matrimonial

Un expediente matrimonial no debería prepararse copiando una lista genérica de internet. La nacionalidad, el estado civil, los matrimonios anteriores, el país que expide los documentos y el lugar de residencia pueden cambiar completamente la documentación que hay que aportar.

Además, cuando el matrimonio está relacionado posteriormente con un expediente de extranjería, residencia como familiar de español, nacionalidad española o inscripción registral, merece la pena revisar desde el principio cómo se documentará la relación y qué efectos tendrá después.

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